Publicadas las Ayudas a la Contratación de Personas con Discapacidad 2015 en Castilla-La Mancha

Para descargar la Orden 06/05/2015 de la Consejería de Empleo y Economía HAZ CLICK AQUI Para descargar el Decreto 29/2013 de 22 de Julio HAZ CLICK AQUI

La Orden 06/05/2015 de la Consejería de Empleo y Economía por la que se aprueban las ayudas para el ejercicio 2015, establecidas en el Decreto 29/2013 de 11 de Julio, por el que se regulan los incentivos destinados a fomentar la contratación de personas con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario de Castilla La Mancha.

A) Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas mediante esta orden, las empresas ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas que incorporen trabajadores como socios trabajadores o de trabajo en el régimen de Seguridad Social propio de los trabajadores por cuenta ajena, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las uniones temporales de empresas y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones de trabajadores con discapacidad con las condiciones establecidas en el Decreto 39/2013, de 11 de julio.

B) Cuantía de las ayudas:

Línea I.- Las ayudas para la contratación indefinida y transformación de contratos de personas con discapacidad,consistirán en una subvención de 3.907 euros por cada contrato celebrado a tiempo completo, que se podrá incrementarcon una de las siguientes ayudas adicionales: a) 1.000 euros si la persona contratada es hombre o 1.200 euros si es mujer, siempre que la contratación cumpla una de las siguientes condiciones:

1º. Que la Oficina de Empleo y Emprendedores participe en la intermediación con una antelación mínima de 15 días a la fecha de inicio del contrato, y el/la trabajador/a seleccionado tenga un periodo mínimo de inscripción de tres meses como demandante de empleo previo a la presentación de dicha oferta de empleo.

2º. Que el contrato indefinido que realiza la entidad beneficiaria con una persona discapacitada, sea el primer contrato indefinido que formaliza dicha entidad.

b) 2.000 euros si la persona contratada es hombre o 2.200 euros si es mujer, siempre que la contratación cumpla una de las siguientes condiciones:

1º. Que se realiza con personas con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado reconocido igual o superior al 33%.

2º. Que se realiza con personas con discapacidad física o sensorial, con un grado reconocido igual o superior al 65%.

3º. Que se realiza con personas con discapacidad, con edad mayor de 55 años. 2. Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, las cuantías anteriores se reducirán proporcionalmente a la jornada pactada.

Línea II.- Las ayudas para la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad consistirá en una subvención, como máximo, de 901,52 euros por contrato.

C) Plazo de presentación: desde la publicación de la convocatoria hasta el 16 de Noviembre de 2015. Para cualquier información podéis consultarnos sin compromiso llamando al 925620753 o en el siguiente correo electrónico: info@futurvalia.com

Se adjuntan los siguientes documentos:

-Decreto 39/2013 de 11 de Julio por el que se regulan los incentivos a la contratación (descargar)

-Orden 06/05/2015 de la Consejería de Empelo por la que se aprueban las ayudas para el ejercicio 2015 (descargar)

Etiquetas
CECAP CECAP Servicio de Capacitación CIEES CECAP Joven Movimiento Diversitas
Diseño y Desarrollo web Im3diA comunicación
Facebook Twitter Instagram Linkedin Youtube

Bienvenida/o a la información básica sobre las cookies de la página web responsabilidad de la entidad: Futurvalía Multiservicios Empresariales Microempresa Cooperativa de Iniciativa Social de C-LM
Una cookie o galleta informática es un pequeño archivo de información que se guarda en tu ordenador, “smartphone” o tableta cada vez que visitas nuestra página web. Algunas cookies son nuestras y otras pertenecen a empresas externas que prestan servicios para nuestra página web.

Las cookies pueden ser de varios tipos: las cookies técnicas son necesarias para que nuestra página web pueda funcionar, no necesitan de tu autorización y son las únicas que tenemos activadas por defecto.

El resto de cookies sirven para mejorar nuestra página, para personalizarla en base a tus preferencias, o para poder mostrarte publicidad ajustada a tus búsquedas, gustos e intereses personales. Puedes aceptar todas estas cookies pulsando el botón ACEPTA TODO o configurarlas o rechazar su uso clicando en el apartado CONFIGURACIÓN DE COOKIES.

Si quires más información, consulta la “POLITICA COOKIES” de nuestra página web.